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Monotributo. Nuevos valores para el 2018

Desde el 1 de enero de 2018 comenzarán a regir los nuevos valores de las categorías de Monotributo. Nuevos valores, recategorización de Oficio y opciones de pago

 

Lo más leído:

 


Nuevos valores

•      EL 20 de enero vence la recategorización según la nueva tabla publicada por   AFIP

•      Esta nueva escala permite un monto mayor de facturación por cada categoría   y el precio unitario de venta de $ 15.000.-

•      Locación de servicios Los importes a abonar mensualmente irán desde los $1.007 para la Categoría A hasta $4.868 para la Categoría H  

•      Venta bienes muebles Los importes a abonar mensualmente irán desde los $1.007 para la Categoría A hasta  $7.580 para la Categoría K 


Recategorización de Oficio

AFIP comenzó a aplicar la recategorización de oficio de los monotributistas, en función del cruce de datos de consumos

•      Tomará en cuenta las acreditaciones bancarias, las compras de bienes y los gastos personales con uso de tarjetas de débito bancaria y de crédito

•      Analiza  que los gastos NO superen el 80% de los ingresos.

•      Si los montos anuales superan el tope de facturación de la categoría en la cual se ubicó la persona, aceptará hasta un desvío de 20% o 30% (según se trate de actividades de servicios o de venta de cosas), para ubicar al monotributista en la categoría que corresponda según el resultado de esa cuenta.

•      Podes consultar si tenes inconsistencias en la página de Afip

Además, a partir de estos nuevos valores, deberás evaluar tu actividad de los últimos 12 meses (facturación, gastos en locales y demás) y si hubo cambios en alguno de estos aspectos, tendrás que recategorizarte ingresando con tu clave fiscal al portal de monotributo y seleccionando la opción “Recategorización”. De esta manera el sistema te encuadrará en la categoría que te corresponde.


Medios de  pago

Tener en  cuenta para abonar la cuota mensual del 1 al 20 de dicho mes mediante alguna de estas opciones:

•    Transferencia electrónica: tenés que generar un volante electrónico de pago (VEP) indicando uno de los    medios de pago disponibles.
      Luego realizá el pago a través de la banca electrónica que utilices. Bancos y medios de pago que operan         con  VEP.

•     Tarjeta de crédito o débito.

•      Débito automático en cuenta o en tarjeta de crédito: por este medio se puede acceder al beneficio del reintegro por cumplimiento.

•      Pago en cajero automático.

•      Cualquier otro medio de pago electrónico admitido por el BCRA.

 

Recordá que si no tuviste modificaciones en el desarrollo de tu actividad, no tenés que ingresar a realizar ningún trámite.

Podrás visualizar las pantallas del trámite ingresando a la Guía Paso a Paso: Mi categoría – recategorización


 

Fuente:
CPN Alicia Del Federico

Fecha de publicación: 15/01/2018    |    108 lecturas

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