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La Dra. Marcela Ance sería la titular del juzgado de San José de la Esquina
El Gobierno Provincial confirmó que se remitió a consideración de la Legislatura santafesina los pliegos para cubrir 20 vacantes en los Juzgados Comunitarios de Pequeñas Causas, conforme la normativa vigente del procedimiento de concurso público.
De este modo, luego de sortear las etapas de exámenes de oposición y antecedentes, quedaron conformados los órdenes de méritos.
Para el Juzgado con asiento en nuestra localidad la postulante que fue propuesta por el Consejo de la Magistratura Provincial es la Dra. Marcela Bibiana ANCE (segunda en el orden de mérito), por cuanto quien había obtenido el primer lugar fue propuesta -conforme su preferencia- para la localidad de Salto Grande.
Desde la legislatura se informó que posteriormente a la entrevista que toma la Comisión de Acuerdos (compuesta por Diputados y Senadores), la Asamblea Legislativa, que reúne en forma plenaria a todos los legisladores provinciales de ambas Cámaras, debe aprobar los nombres que fueron propuestos.
Asimismo, se comunicó que la reunión donde se tratarán los pliegos tendría lugar el día 26 de septiembre o el 3 de octubre próximo.
	
	
Antecedentes
Esta es la primera vez en la historia de la provincia de Santa Fe, que los denominados Juzgados de Paz (hoy devenidos en Justicia Comunitaria), se cubren con personas elegidas por un concurso público de oposición (exámenes) y antecedentes y, además, requiere el acuerdo legislativo. Este es un logro de gran importancia ya que permite descomprimir la situación actual de los tribunales de Casilda y contar con una justicia a nivel local.
La ley Nro. 13.178 de Justicia Comunitaria para Pequeñas Causas instituye un procedimiento abreviado, basado en los principios de oralidad, simplicidad, celeridad, economía, inmediatez, que permitirán a la población obtener una protección efectiva de sus derechos sustantivos.
La disminución de barreras de distancia, económicas, de tiempos de espera, contribuirá además a cambiar la percepción que se tiene de la justicia.
Este procedimiento judicial siempre estará precedido por una instancia de mediación, en la medida de lo posible, a los efectos de garantizarla en los lugares donde existan centros de mediación comunitaria. De esta forma se propende a la solución de los conflictos interpersonales de manera no adversarial.
Por otra parte, el contacto directo con el juez permitirá que éste pueda ejercer una labor educativa e informativa en la población, contribuyendo con el tiempo a disminuir la litigiosidad.
La norma apunta no solo a mejorar la situación existente, sino fundamentalmente a garantizar a la ciudadanía el derecho al acceso a la justicia, que involucra tanto la posibilidad de litigar como la efectiva y concreta solución a la controversia.
Esta ley, que transforma la justicia comunal en justicia comunitaria, procura optimizar el funcionamiento de la estructura judicial existente –juzgados comunales– asignándoles una nueva denominación, competencias y un proceso especial.
	
	
	Fuente:
	Partido socialista 
	San José de la Esquina
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