A pedido del Tribunal Electoral Nacional, el trámite de justificación de la no emisión del sufragio en las elecciones nacionales del 14 de agosto podrá realizarse, a partir de este jueves 18 y durante 60 días, en la sede de San José de la Esquina de la Defensoría del Pueblo de Santa Fe. Dicho trámite está destinado a aquellos ciudadanos que no hayan podido emitir su voto en las elecciones primarias nacionales por los motivos estipulados en la legislación nacional y que pueden justificar fehacientemente el incumplimiento del deber cívico. Cabe aclarar que en la delegación de la Defensoría no se realizará la justificación del no voto en las elecciones provinciales del 22 de mayo ni del 24 de julio, trámite que debe hacerse en el Juzgado Local.
Se puede justificar en la delegación San José de la Esquina de la Defensoría del Pueblo la no emisión del voto en las elecciones nacionales del 14 de agosto.
A pedido del Tribunal Electoral Nacional, el trámite de justificación de la no emisión del sufragio en las elecciones nacionales del 14 de agosto podrá realizarse, a partir de este jueves 18 y durante 60 días, en la sede de San José de la Esquina de la Defensoría del Pueblo de Santa Fe. Dicho trámite está destinado a aquellos ciudadanos que no hayan podido emitir su voto en las elecciones primarias nacionales por los motivos estipulados en la legislación nacional y que pueden justificar fehacientemente el incumplimiento del deber cívico. Cabe aclarar que en la delegación de la Defensoría no se realizará la justificación del no voto en las elecciones provinciales del 22 de mayo ni del 24 de julio, trámite que debe hacerse en el Juzgado Local.
La justificación del no voto nacional podrá realizarse de lunes a viernes entre las 7 y las 12.30 horas.
Los ciudadanos que no hayan sufragado deberán concurrir a la delegación de la Defensoría del Pueblo con su documento de identidad (DNI, LC o LE), y la documentación que certifique los motivos por los cuales no votó (fotocopia certificado policial, médico, etc.).
El trámite que realizará la Defensoría del Pueblo consiste en el sellado del documento, de manera tal que los ciudadanos no reciban las penalizaciones impuestas por la ley para aquellas personas que no sufragaron. Se les justificará la no emisión del voto a: quienes el día de la elección se encontraban a más de 500 kilómetros del lugar donde debían sufragar, de acuerdo al último domicilio, acreditando dicho hecho con certificado policial; a los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, acreditándolo con certificado médico, para los primeros, o con certificación policial los segundos; los que presenten ejemplar del Documento Nacional de Identidad emitido con posterioridad al 26/04/11; y los que aduzcan, mediante constancia policial, razones económicas.
De esta manera, la delegación de la Defensoría del Pueblo acerca a la ciudadanía una solución para que no se tengan que trasladar ante el Tribunal Electoral Nacional para hacer el trámite.
Para comodidad de las localidades vecinas de Arteaga y Arequito, los delegados se trasladaran a estas localidades para que los ciudadanos puedan realizar este trámite.
Arequito: 24/8/2011 en la Sec. de Industria de 13 a 15 hs.
Arteaga: 29/8/2011 en las oficinas del Centro Económico de 13 hs. a 15 hs.